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Visa con contrato de trabajo

VISA PARA TRABAJO

Las visas para trabajo pueden tramitarse únicamente ante la Representación Consular de la República Argentina correspondiente al domicilio del extranjero.

El trámite es personal, y el solicitante debe presentar la siguiente documentación en original ante la Sección Consular a fin de iniciar el trámite:

1) Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible. Se requiere también copia color de la hoja de datos personales del pasaporte y de las visas presentes en el mismo.
2) Dos (2) fotografías actuales, 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco, sin anteojos o sombrero. Se solicita no adherir dichas fotografías al Formulario de Solicitud de Visa. Se requiere también copia color de la hoja de datos personales del pasaporte y de las visas presentes en el mismo.
3) Formulario de Solicitud de Visa completo (preferentemente en formato electrónico) y firmado por el solicitante. Completar solamente una versión (español o inglés). Debajo podrá descargarse el Formulario.
4) Constancia de residencia habitual en la jurisdicción del Consulado (mediante presentación de boleta de servicios u otra documentación probatoria).
5) Certificado de antecedentes penales apostillado, emitido por la autoridad competente de los países donde haya residido por más de 1 año durante los últimos 3 años.
6) Contrato laboral suscrito por el empleador, en el cual conste el número de inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros (RENURE) de la Dirección Nacional de Migraciones de la entidad contratante, con firma de su representante certificada por escribano público argentino y legalizada por Colegio de Escribanos correspondiente. El solicitante de la visa deberá firmar dicho contrato ante el cónsul. Por consultas sobre RENURE comunicarse al +54 11 4317-0289.

7) La entrevista consular es obligatoria.

Los documentos deberán estar apostillados (o legalizados si el país no se encontrara adherido a la Convención de la Apostille) y traducidos al español, de corresponder.

La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO.

Para iniciar el trámite de visa, deberá tomar contacto por email con la Representación Consular (secon_emarr@cancilleria.gob.ar) a fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación. La documentación deberá ser remitida digitalmente, en un único archivo pdf legíble, en forma previa a su presentación en original en el consulado a fin de su verificación por la autoridad consular. Una vez recibida, se establecerá contacto para solicitar información adicional (si correspondiere) y para otorgar turno para una entrevista consular (se otorgará turno con un mínimo de 15 días a partir de la confirmación de encontrarse la documentación completa).

La entrevista consular, en la que el solicitante deberá presentar toda la documentación, se otorgará de lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 horas.

El otorgamiento de un visado no implica automáticamente la entrada al territorio de la República Argentina. Los servicios de inmigración podrán exigir a su llegada una tarjeta de crédito así como una cierta cantidad de dinero en efectivo y todas sus reservas previamente pagadas.

Más información: https://cancilleria.gob.ar/es/servicios/visas/visa-para-trabajo

 

 

Fecha de actualización: 09/10/2023