1. Legalización de documentos marroquíes para que sean válidos en la Argentina
- ¿Qué es la Apostilla?
La apostilla es un sello emitido por la autoridad competente para confirmar la autenticidad de una firma, un sello o un timbre en un documento público. La apostilla no se manifiesta respecto del contenido del documento.
Las apostillas son otorgadas por los países miembros de la Convención de La Haya de 1961, que suprimió la exigencia de la legalización consular.
Todos los documentos públicos emitidos en los países signatarios y destinados a la Argentina deben llevar el sello de la Apostilla. Se entiende por documento público todo documento extendido por una autoridad o funcionario del Estado (partidas de estado civil, certificados de antecedentes penales, actas notariales y certificaciones notariales de firma, decisiones judiciales, certificaciones de todo orden emitidas por organismos oficiales, diplomas expedidos por instituciones públicas, etcétera).
- ¿Cuáles son los países miembros de la Convención de La Haya de 1961?
La Argentina y el Reino de Marruecos son países miembros de la Convención. Para conocer los demás países que forman parte de este convenio, consulte el siguiente enlace.
- ¿Cómo obtener la apostilla en el Reino de Marruecos?
Para tramitar la apostilla en el Reino de Marruecos, consulte el siguiente enlace.
2. Legalización de documentos argentinos para que sean válidos en el Reino de Marruecos
- Documentos públicos
Para ser reconocidos en el Reino de Marruecos, los documentos públicos emitidos en la Argentina deben llevar la Apostilla.
Para obtener información sobre cómo y dónde tramitarla consulte el siguiente enlace del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina.
Tenga presente que las personas que requieran legalizar documentos públicos argentinos para ser presentados en el exterior podrán solicitar turnos por Internet para realizar dicha gestión. Los turnos pueden solicitarse ingresando al siguiente portal.
Los documentos públicos emitidos en la Argentina también pueden apostillarse ante el Colegio de Escribanos de la jurisdicción en la que se ha emitido el documento. Para conocer el Colegio de Escribanos correspondiente consulte la página del Consejo Federal del Notariado Argentino: www.cfna.org.ar/
Los documentos emitidos por la Administración Pública provincial o municipal deben ser legalizados previamente por el Ministerio del Interior. Una vez legalizados por el Ministerio del Interior, deben ser apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Para obtener mayor información, consulte la página www.mininterior.gov.ar o bien comuníquese con el Servicio Gratuito de Orientación y Asesoramiento al Ciudadano (+54 11 800 999 0209).
- Documentos privados
Los documentos privados deben ser legalizados ante un Escribano Público y luego apostillados.
